Proposals to promote social enterprises from the Mexican fiscal framework

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  • Year:
  • Country: Mexico
  • Language: Spanish
  • Document Type: Domestic Law or Regulation
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2

Propuestas para fomentar las empresas sociales desde el marco fiscal
mexicano.

María de los Ángeles Anaya Gómez Montenegro

Washington D.C.
Enero 2017

* Esta investigación fue facilitada por el apoyo generoso del pueblo norteamericano a través de la Agencia de Desarrollo Intern acional
de los Estados Unidos de América (USAID). El contenido de esta investigación es responsabilidad de la autora y no necesaria mente
refleja el punto de vista de USAID o el Gobierno de los EEUU. La autora realizó su estudio con una beca de investigación del Centro
Internacional para la Ley del Sector No Lucrativo (International Center for Not for Profit Law, o ICNL). El programa de becas es un
componente del Legal Enabling Environment Program (LEEP).

3

Propuestas para fomentar las empresas sociales desde el marco fiscal
mexicano

Contenido Pag.
El contexto: Definición y procedencia de las empresas sociales 4
Características mas comunes de las empresas sociales 5
Resumen de propuestas 8
1- Organizaciones de la Sociedad Civil 9
Actividades económicas 10
Propuestas 12
Conclusión 15
2- Economía Social y Solidaria 16
¿Qué sucede en México a pesar de contar con una ley de Economía
Social y Solidaria.
17
¿Qué quiere decir el autobeneficio y cómo se entiende en los
marcos legal y fiscal mexicanos?
18
¿Por qué es relevante esta discusión? 18
Propuestas 20
Conclusión 23
3- Inversión de Impacto Social 24
¿Cuál es el problema en los entornos legal y fiscal para fomentar la
inversión de impacto social?
25
Incentivo fiscal para el inversionista 26
Posibilidad que instituciones donantes puedan apoyar a empresas
sociales
27
¿Qué tipo de entidades podrían recibir dicho a poyo? 28
1- Toma de decisiones 28
2- Retorno de la inversión 29
3- Impacto social/ambiental 30
4- Transparencia y evaluación de impacto social 30
El Sistema B 31
Conclusión 32
Conclusión General 33
Bibliografía 35

4

Propuestas para fomentar las empresas sociales desde el marco fiscal
mexicano .

El contexto : d efinición y procedencia de las empresas sociales

Los problemas sociales son el objeto del trabajo de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) ,
las cuales han intentado resolve rlos en la medida de lo posible. Sin embargo, la falta de acceso a
financiamiento de forma regular es un obstáculo para el trabajo de las OSC . P or otro lado, las
empresas han enfocado sus esfuerzos principalmente en la creación de utilidades y en los últimos
veinte años aproximadamente , algunas con mayor éxito que otras, han tenido acercamiento s a la
resolución de determinados problemas sociales . El continuo diá logo y la cercanía entre ambos
sec tores, así como la misma heterogeneidad de la sociedad civ il, ha n generado el concepto de
“empresa social ”. Este concepto integra la estrategia de generar ingresos del sector empresarial y
la forma de resolver problemas sociales de las OSC en una sola entidad .

Cuando se juntan las dos ideas y se llevan a la prá ctica , la definición de “empresa social ” se
convierte en un reto enorme d el cual puede n surgir varios cuestionamientos, ya que depender á de
la perspectiva con la cual se aborde; es decir, las definiciones de este concepto desde la óptica de
los empresario s, funcionarios públicos y también de representantes de OSC , serían diferentes .

A pesar de la diversidad de los actores involucrados en el tema podemos rescatar algunos
elementos importantes de las empresas sociales , como las actividades económica mente
sostenibles que aportan soluciones a problemas sociales o ambientales . Considerando estos dos
elementos en el contexto mexicano —que cuenta con casi 120 millones de habitantes según los
datos oficiales y , de acuerdo con diversas fuentes , la mitad de la pob lación vive con menos de un
dólar diario — el fomento a la empresa social no es solo necesario sino urgente.

Considerando lo anterior , la incorporación d el concepto de la empresa social en el marco jurídico
es toda una proeza . A ctualmente los marco s legal y fiscal mexicano s no fomenta n de forma
suficiente el desarrollo de actividades económicamente sostenibles desde el sector no lucrativo
como para generar un impacto o brindar una solución a p roblemas sociales. Es decir, l as leyes

5

están diseñadas desde una óptica meramente mercantil o exclusivamente filantrópica , lo que
implica que en algún momento no se cumpla con los dos elementos mencionados anteriormente .
Por ejemplo : en un proyecto económico que busque generar alguna solución o impacto social, el
mismo marco regulatorio requeriría que se priorice la generación de utilidades sobre el impacto
social. P or otro lado , en el campo filantrópico el marco regulatorio impediría que su actividad
económica cr eciera demasiado , ocasionando que se viera ob liga do a depender de donativos .
Aunque el financiamiento para este tipo de actividades ha incrementado quienes las llevan a cabo
se han enfrentado con barrera s en los marcos legal y fiscal.

Entonces, dos elementos son indiscutibles y esenciales para definir las empresa s social es: el
primero es la realización de actividades económicas que sean sostenibles y vayan más a llá del
retorno financiero, y el segundo es que brinden una solución a problemas sociales . Sin embargo , la
forma en que se distribuyen las utili dades es el tercer elemento que varía dependiendo del
enfoque. En el continen te europeo las empresa s social es tiene n un impacto relevante en la
creación de empleos y en la forma de organizarse . Es decir , las utilidades se reinvierten en la
misma comunidad o se distribuyen de forma igualitaria entre los socios en un esquema de
cooperativa . Por otro lado, e n América Latina estas empresas están enfocadas en resolver
problemas sociales por medio de un modelo de negocio escalable , lo cual significa que la
búsqueda de utilidad es es importante y ésta s se distribuye n únicamente entre los accionistas sin
que necesariamente favorezca a la comu nidad beneficiaria .

Características más comunes de las empresas sociales

Autonomía
Son constituidas de forma independiente de l
Estado y sin posiciones político -partidistas.
Actividad es e conómicas
Venta de bienes y/o servicios que generen
sostenibilidad .

Impacto social/ ambiental
La venta de bienes y/o servicios generará la
solución de problemas sociales/ ambientales o
bien, el beneficio a una comunidad.
Distribución d e utilidades
 Reinversión constante en el proyecto
y/o en la comunidad (cooperativas) .
 Retorno de la inversión con una
pequeña o nula utilidad.

6

El objetivo de esta investigación no es definir con exactitud lo que se considera una empresa social
sino identificar sus características y aportar diferentes esquemas regulatorios en materia fiscal que
permitan fomentar sus actividades. Respecto a modelos de legislación que regulan estas entidades
es relevante mencionar el caso de Vietnam. Como se menciona en el estudio 1 elaborado por el
British Council , la política pública de Gran Bretaña consideró las empresas sociales que provenían
de diferentes sectores sin la necesidad de definirlas de manera estricta. En la presente
investigación se aborda esta perspectiva para el análisis y sobre todo para proponer respuestas
desde los marcos legal y fiscal mexicano s.

¿Qué tipo de actividades son las que buscamos fomentar con los esquemas propuestos? Las
actividades económicas sostenibles que sean de utilidad para la solución de pr oblemas sociales y
ambientales, es decir, actividades que busquen proponer soluciones cuyo financiamiento no
dependa solamente de donativos y que tengan un impacto relevante .

Desde una perspectiva fiscal es necesario preguntarse cuáles ser ían las ventanas que necesitan ser
abiertas para fomentar estos proyectos . Con el fin de responder esta cuestión, la siguiente
propu esta va encaminada a considerar de d ónde vienen o quié n genera dichos proyectos para
entonces proponer un marco legal transversal que toque los siguientes sectores: las OSC, el sector
de E conomía Social y Solidaria, y el de la Inversión de Impacto S ocial.

Considerando lo anterior, se pretende abrir ventanas de financiamiento para los siguientes
sectores:

1 Nguy ễn et al. , Social Enterprise in Vietnam Concept, Context and Policies. Hanoi: British Council, 2012,
https://www.britishcouncil.vn/sites/default/files/social -enterprise -in-vietnam -concept -context -policies.pdf

7

Consideramos que la empresa social puede ser gene rada desde estos tres sectores : en primer
lugar, el sector de las OSC que es financiado con donativos y cuyos programas puede n generar una
actividad económica independiente, por ejemplo : pasteles elaborados por p ersonas con
discapacidad . E n segundo lugar, el sector de la Economía Social y Solidaria que tiene valores
comunitarios como una de sus principales características , además de que los grupos de base son
actores de su propio proyecto económico y, en muchos países de Europa , pueden ser financiad os
por recursos públicos . E n tercer lugar está el sector de la Inversión de Impact o Social , una
actividad que se encuentra en auge en países de Latinoamérica y Asia . Sus proyectos ofrecen
determinados bienes y/o servicios a las comunidades marginadas , o bien modifican los hábitos de
consumo para aminorar el impacto ambiental . Así p or ej emplo , la venta de paneles solares donde
no hay electricidad o la venta de estufas ecológicas a comunidades en situación de vulnerab ilidad.

En relación con el marco fiscal mexicano, los sectores tienen las siguientes características :

Empresa
social
Programa
de OSC
Economía
Social y
Solidaria
Inversión
de Impacto
Social

8

A continuación se mencionan las propuestas que serán explicadas a lo lar go del presente
documento.

Fuente Propuesta
1. OSC Un régimen que facilite a las OSC realizar actividades económicas .
Permitir el financiamiento a entidades lucrativas .
2. Economía Social
y Solidaria
Poder recibir donativos deducibles de impuestos provenientes de
individuos, empresas e instituciones donantes.
Incentivos a las empresas por contratar a las entidades de Economía
Social y Solidaria como proveedores .
3. Inversión de
Impacto Social
Estímulo fiscal para el inversionista .
Permitir financiamiento de recursos provenientes de la filantropía.
Establecer lineamientos para las empresas receptoras .

•Cuentan con un esquema que les permite recibir
donativos deducibles de impuestos y estar exentas
del pago de impuestos por los ingresos que reciben.
•Pueden realizar actividades econ?micas con
limitaciones .
•Si financian una entidad lucrativa pueden ser
severamente castigadas .
Programa de
OSC
•Están en las zonas marginadas del país.
•Se rigen por valores comunitarios.
•Sus grupos de base son actores de su propio
desarrollo.
•Reciben pocos fondos públicos sin incentivos
fiscales.
•Tienen poco acceso a la innovación tecnológica.
Economía Social
y Solidaria

•Reciben inversiones.
•No tienen incentivo fiscal alguno.
•Tienen acceso a la innovación tecnológica.
•Consideran a los grupos de base como clientes.
•Resuelven problemas sociales por medio de un
modelo de negocio escalable.

Inversión de
Impacto Social

9

Propuestas
1. Organizaciones de Sociedad Civil (O SC )

Las OSC en México tienen un régimen legal específico . S e les considera en tidades con fines no
lucrativos, se constituyen como Asociación Civil y pueden acceder a un régimen fiscal especial que
les permite estar exenta s del pago de impue stos por los ingreso s recibidos y recibir donativos que
pueden ser deducibles del pago de impuestos para sus donantes . A este régimen se le conoce
como “ donataria autorizada” y existe desde hace m ás de 30 años en la forma como lo conocemos
actualmente. Con el paso del tiempo se ha perfeccionado y descansa sobre la idea de que dichas
entidades se financian sobre la base de donativos y cumplen con su misión en términos
meramente filantrópicos .

Es importante considerar el antecedente mexicano del asisten cialismo liderado por la Iglesia
Católica y por un gobierno paternalista . S in ánimo de entrar en detalles sobre la historia y
evolución de las OSC , y considerando estos dos pilares , cabe destacar otro suceso importante a
partir del cual se despertó una actitud filantrópica en el país que ni la propia sociedad civil sabía
que tenía : el terremoto de 1985 en la Ciudad de México . P ero ese despertar sol amente ocurrió en
la c iudad c apital . E n los últimos 3 2 años la sociedad civil mexicana ha avanzado en materias
diversas , pero los niveles de donación a las OSC siempre han sido bajos . D e acuerdo con diferentes
estudi os, la sociedad mexicana es solidaria y ayuda al prójimo pero no de una forma
institucionalizad a. En otras palabras , en México no donamos dinero de manera forma l a
donatarias autorizadas.

México sufre una falta de confianza generalizada , no solo de la ciudadanía hacia el gobierno sino
dentro de la misma sociedad, por lo tanto , muy pocas personas donan a alguna OSC . S egún datos
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tan solo el 3.65% de los individuos y el 3.43%
de las empresas apoyan mediante donativos a OSC . A dicionalmente , el promedio del porcentaje
donado es solo el 1.1% de los ingresos de los individuos y el 3.8% de las utilidades de las
em presas. 2

2 Propuesta que presentó la SHCP al progreso para modificación de leyes. Página XIX.
https://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/PPEF2017/paquete/ingreso s/LISR_LIVA_CFF.pdf

10

En este orden de ideas, las actividades y la labor de las OSC en México han sido muy importante s,
pero el problema constante de la falta de recursos (públicos y privados) las ha obligado a recurrir a
otras fuentes de financiamiento para depender menos de los donativos y ser más sostenible s. Las
donatarias autorizadas han generado diversas actividades para generar recursos , desde estrategia s
de procuración de fondos hasta actividades económicas como la venta de productos y servicios
que pued an o no estar relacionados con su misión.

Las actividades económicas

Las actividades económicas pueden no estar relacionadas con la misión de la organización . P ara
efectos didácticos 3 vamos a dividir de la siguiente manera los tipos de actividades económicas sin
relación con la misión que una donataria puede llevar a cabo.

Tipo de a ctividad
económica
Ejemplo s
Patrimonial Ingresos derivados de intereses o regalías, rendimientos obtenidos
de acciones, renta de bienes inmuebles , venta de inmuebles
propiedad de la donataria.
Procuración de fondos Eventos sociales, conciertos, rifas, eventos deportivos, subastas,
bazares navideños, v enta de artículos promocionales (camisetas,
tazas, gorras), cafeterías.
Programa dentro de la
misma OSC
Venta de pasteles hecho s por personas con discapacidad, venta de
artículos hechos por comunidades vulnerables, venta de artesanías
como resultado de un proceso de capacitación.

El marco fiscal mexicano permite que las OSC puedan realizar estas tres actividades . S in embargo ,
las actividades patrimoniales están limitadas a que to do su rendimiento sea utilizado en la misión
de la organización y , por otro lado, tanto las actividades de procuración de fondos co mo el
programa dentro de la OSC tienen una limitación del 10% de los ing resos totales anuales . E s decir ,
3 Actualmente no existe una L ey que lo reconozca de esta manera, sin embargo el cuadro ayuda a entender
mejor el concepto .

11

si los ingresos de la organización exceden ese porcentaje ésta debe pagar impuestos sobre el
excedente.

El debate que se ha desarrollado a nivel mundial en torno a las actividades económicas realizadas
por OSC ha sido resuelto de diferentes maneras . S in entrar en la discusión y en el análisis que esto
conlleva quisiera abordar el tercer tipo de actividad que puede realiza r la organización : las
actividades económicas derivadas de los programas inter nos de la misma donataria , y generar una
propuesta específica para esta categoría .

¿Con qué pro blema se enfrentan los proyectos generados por una donataria autorizada?

La regulación del marco fiscal descansa sobre la idea de que las actividades económicas deben
realizarse de forma ocasional . En otras palabras, este tipo de actividades deben ocupar un
segundo lugar en los ingresos generados por la organización ; son ingresos que ayudarán a que la
donataria tenga los recursos suf icientes para cumplir con su misión, pero no son la misión en sí.
Por lo tanto , todas las limitaciones establecidas en el marco fiscal están enfocadas en impedir el
aumento de ingresos por esta vía y así evita r que las organizaciones se conviertan en empre sas
lucrativa s.

Un ejemplo de este caso sería el siguiente:

Misión de la OSC Lograr la independencia de adultos con discapacidad.
El programa Venta de pasteles elaborados por adultos con discapacidad.
Uso de recursos Capacitación especial, materiales de repostería, hornos industriales, renta de
espacio específico para la tienda, publicidad y promoción.
Debate/choque La inversión en recursos para la venta de pasteles puede considerarse como
un gasto no relacionado con la misión, en la medida en que se utilicen
donativos para esta actividad y/o crear una entidad lucrativa exclusivamente
para la venta de pasteles , de conformidad con la regulación interna podr ía
perder el carácter de donataria autorizada y tendría un pasiv o fiscal
importante.
Resultado Un programa débil y estancado que requiere el apoyo constante de donativos

12

y no encuentra la sostenibilidad .

Es importante destacar los diferentes momentos de este ejemplo hipotético: todo pudo haber
empeza do en un taller ocasional de repostería en el que se elaboraron cinco pasteles para
subastarlos en un evento de procuración de fondos . Con el paso de l tiempo, dicho taller fue
creciendo y se empezaron a vender de uno a dos pasteles por semana, después se dieron cuenta
de que el horno que tenían ya no alcanzaba para el taller y mucho menos para la venta, por lo que
decidieron comprar un horno industrial . P osteriormente las instalaciones originales también
fueron insuficientes y fue necesario acondicionar las para que el taller tuviera un efecto
significativo en los beneficiaros y la venta de pasteles tuviera mejores resultados . F inalmente ,
cinco de las personas que tomar on el taller decidieron hacer su propia pastelería pero el taller
siguió siendo un programa exit oso dentro de la organización.

Las propuestas

a. Permitir el sostenimiento y crecimiento de los programas exitosos relacionados con la
misión de la organización
a. Permitir el sostenimiento y crecimiento de los programas exitosos relacionados con
la misión de la organización.
b. Permitir el financiamiento de entidades lucrativas por parte de la donataria
autorizada.

Donataria

Entidad lucrativa
Actividad económica constante
b
a

13

Permitir el uso de recursos en dichas actividades (como la compra de un horno industrial, material
de repostería, etc étera ) y fomentar que este tipo de proyectos sea una fuente importante de
ingresos de la donataria autorizada.

Limitaciones

 No limitarlo al 10% de sus ingresos sino incrementar su tope hasta el 45% .

Considerar el 10% como límite implica seguir manteniendo la donación como la principal fuente de
ingresos y , como se mencionó anteriormente , los donativos no están fluyendo hacia las OSC tanto
como se desearía . S in embargo, considerando que est a propuesta ser ía discutid a con las
autoridades fiscales , es necesario tomar en cuenta el interés del Estado de evitar los abusos en
materia de beneficios fiscales. Para ello se propone el establecimiento de un límite que ayude a la
donat aria a generar ingresos y le impida cometer abusos en materia fiscal.

Este tema genera fuertes debates en el país ya que e n el sector de las OSC hay diversas opiniones
en cuanto a la limitación para la generación de ingresos . A lgunos está n completamente en contra
y otro s a favor de subir el porcentaje del 10% al 45% .

 Incluir el uso de los recursos en el Reporte de Transparencia

Considerando que ya existe una plataforma virtual en la que las donatarias reportan el uso y
destino de sus donativos 4, será necesario modificar dicha plataforma para que las donatarias
puedan reportar también el resultado de sus actividades económicas y la cantidad de recursos que
han invertido en ellas.

 Invertir el total de las utilidades generadas en la misión de la donataria autorizada

4 Información para garantizar la transparencia de los donativos recibidos, así como el uso y destino de los
mismo s,
https://www.sat.gob.mx/terceros_autorizados/donatarias_donaciones/Paginas/transparencia_donativos.asp
x

14

De conformidad con la regulación fiscal mexicana , una donataria autorizada no podrá distribuir las
utilidades entre sus miembros . E ste principio se debe aplicar también en las utilidades de sus
actividades económicas.

b. Permitir el financiamiento de entid ades lucrativas por parte de la donataria autorizada

Actualmente , si la organización brinda apoyo financiero a entidades lucrativas es severamente
sancionad a; incluso quitando la autorización como donataria autorizada . S upongamos , en el
mismo ejemplo , que cinco de los adultos que participan en el programa de elaboración de p asteles
deciden independizarse y crear su propia pastelería . De acuerdo con la legislación vigente, dado su
estatus de do nataria autorizada , la organización no podría financiarlos.

La propuesta sería permitir que una donataria autorizada pueda financiar actividades lucrativas
siempre y cuando provengan de los mismos programas relacionados con su misión . En nuest ro
ejemplo se podría ayudar a los beneficiarios a independizar se, o bien se podría crea r una entidad
mercantil que apoye constantemente a la donataria . E n otras palabras , la organización podría
establecer una pastelería cuyas utilidades sirvan para financiar la operación de la misma .

¿Cuáles serían las condiciones?

 El proyecto a constituirse como una entidad lucrativa separada de la donataria debe rá
estar relacionad o co n la misión de la organización.
 La entidad mercantil deberá estar constituida por los beneficiarios de los programas de la
donataria.
Reino Unido
Cabe destacar el caso de Inglaterra, donde las ventas de las OSC se
consideran charity trade (traducido literalmente como “comercio
caritativo”). Esta política permite a las OSC inglesas realizar ventas y
avisar a su p?blico/clientela que los beneficios generados en ellas
ser?n u tilizados para el cumplimiento de su objeto social.

15

 Deberá estar establecida en zonas vulnerables del país o tener beneficiarios que puedan
considerarse población vulnerable .5
 La donataria , es decir , la entidad donante , deberá tener un acompañamiento en el
cumplimiento de las obligaciones fiscales de la entidad lucrativa durante los primeros tres
años.
 El monto que la donataria financiadora destine a la creación y fortalecimiento de este
nuevo proyecto no podrá exceder el 20% de l to tal de sus ingresos anuales.
 La donataria autorizada financiadora deberá tener mínimo 10 años de trabajo.
Considerando que esto será presentado a las autoridades fiscales, estos límites tienden a
tener éxito y se puede comenzar solo con instituciones que ya tienen una trayectoria
sólida .

Conclusión

Mucho se ha avanzado en el marco fiscal para las OSC como lo demuestran las normas vigentes.
Sin embargo, todavía hay espacio para hacer mejoras y las propuestas de reforma presentadas en
esta sección —las que pueden ser pequeñas o grandes modificaciones — facilitarían el trabajo de
muchas OSC y principalmente contribuirían a que puedan cumplir s u misión.

5 Ya sea por su situación geográfica o por discapacidad.

16

2. Economía Social y S olidaria

Se podría decir que el concepto de economía social y solidaria inició después de la R evolución
Industrial , cuando se crearon las primeras cooperativas . S in embargo , se han encontrado
principios de este tipo de economía en otros momentos históricos y en diversas partes del mundo
como la Amé rica Precolombina, África y Asia.

Por economía solidaria se entiende “ una forma de producción, consumo y distribución de riqueza
(o sea, un tipo de economía ) centrada en la valorización del ser humano y no en la priorización del
capital. Promueve la asociatividad, la cooperación y la autogestión, y está orientada a la
producción, al consumo, y a la comercialización de bienes y servicios, de un modo principalm ente
autogestionado, teniendo como finalidad el desarrollo ampliado de la vida. Preconiza el
entendimiento del trabajo y en el trabajo, como un medio de liberación humana, en el marco de
un proceso de democratización económica, creando una alternativa viab le a la dimensión
generalmente alienante y asalariada del desarrollo del trabajo capitalista ” 6.

En México fue publicada en 2012 la Ley de Economía Social y Solidaria 7, producto del movimiento
que luchó a nivel nacional para que existiera una polític a pública que fomentara dicho sector . E l
Arto. 8 de dicha ley establece lo siguiente:

I. Promover el desarrollo integral del ser
humano;
II. Contribuir al desarrollo socioeconómico del
país, participando en la producción,
distribución y consumo de biene s y servicios
socialmente necesarios;
III. Fomentar la educación y formación
impulsando prácticas que consoliden una
VI. Facilitar a los asociados de los organismos
del sector la participación y acceso a la
formación, el trabajo, la propiedad, la
información, la gestión y distribución equitativa
de beneficios sin discriminación alguna;
VII. Participar en la generación de fuentes de
trabajo y de mejores formas de vida para todas
las personas;
6 “Economía solidaria”. Wikipedia, La enciclopedia libre ,
https://es.wikipedia.org/wiki/Econom%C3%ADa_solidaria 7 Ley de la Eco nomía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de La Constitución
Política de Los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía . Mayo, 2012. Ver:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LESS_301215.pdf

17

cultura solidaria, creativa y emprendedora;
IV. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento
de la democracia participativa;
V. Participa r en el diseño de planes, programas
y proyectos de desarrollo económico y social,
en términos de la legislación aplicable;
VIII. Impulsar el pleno potencial creativo e
innovador de los trabajadores, ciudadanos y la
sociedad, y
IX. Promover la productividad como
mecanismo de equidad social.

Ahora bien, es importante resaltar el caso de Europa 8, según el cual el concepto de la empresa
social está relacionado con el de la economía social y solidaria ; e s decir , los valores comunitarios y
la democracia interna en la toma de decisiones son características sustanciales en su definición . A
lo largo del continente europeo estos criterios serán lo s m ás importantes para considerar a u na
em presa como empresa social. Sus actividades pueden abarcar desde la inclusión de personas
marginadas o con discapacidad (se les conoce como Sociedades de Integración de Trabajo Social ,
WISE por sus siglas en ingles) hasta el fortalecimiento de la democracia y los derechos humanos , e
inclusive la prestación de servicios público s como transporte y mantenimiento de espacios
públicos. Estas entidades gozan en su mayoría de apoyo público por parte del Estado (con diversas
particularidades) el cual c onstituye una fuente de financiamiento muy importante.

¿Qué sucede en México a pesar de contar con una Ley de Economía Social y Solidaria?

En México el Instituto Nacional de Economía Social ( INAES) es la autoridad encargada de fomentar
el sector y c uenta con pocos recursos económicos . C ada año publica una convocatoria y el 2017 no
fue la excepción ; sin embargo , el apoyo máximo es de aproximadamente 4500 dólares . Estos
recursos se deben solicitar por medio de un proceso muy complejo y, además, los solicitantes
deben comprobar que están establecidos en municipios de alta vulnerabilidad.

Este sector está integrado por comunidades situadas en municipios vulnerables del país , en
muchos casos por comunidades indígenas . T odas estas entida des realiza n actividades económicas
para las cuales pocas veces gozan de incentivos y mucho menos tienen la posibilidad de acceder a
8 European Center for Not‐for‐Profit Law, Comparative Analysis of the Regulatory Framework for Social
Enterprises , 2015, https://ecnl.org/wp -content/uploads/2015/10/ECNL -Comparative -analysis -on -regulation –
of-SE-Eng -2015.pdf

18

grandes cadenas de suministro , por lo que la venta de sus productos se vuelve demasiado
compleja.

En este orden de ideas, a pesar de que las mismas comunidades son los actor es principales de su
propio desarrollo y buscan lo mejor para sus miembros , el marco legal mexicano las considera
como entidades de autobeneficio . E sto da como resultado que estas entidades no son
consideradas como parte del sector de las OSC y por ende , no t ienen acceso a beneficios fiscales
que podrían impulsar su desarrollo.

¿Qué quiere decir el autobeneficio y c ómo se entiende en los marcos legal y fiscal mexicano s?

La Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil
(LFOSC) define el autobeneficio 9 como las utilidades que obtienen los miembros de una
organización (en lo personal) o sus familiares mediante el uso de los apoyos o estímul os públicos
que le hayan sido otorgados.

Esta disposición ha generado un fuerte debate sobre el uso de recursos públi cos y ha llegado a tal
grad o que si una organización obtiene este tipo de recursos y con eso construye un centro
comunitario con el que s e beneficia n los miembros de la organización, éste se considera un acto
de autobeneficio y de acuerdo con la Ley se verían obligados a regresar los recursos.

¿Por qué es relevante esta discusión ?

Esta di visión quedó plasmada en todo el en tramado jurídico alrededor de las OSC y tuvo como
resultado que las cooperativas 10 fueran excluidas de la regulación para las OSC , es decir de los
beneficios que las OSC lograron . Adicionalmente , ocasionó que la política pública se desarroll ara
con la idea principa l de que una organización subsiste con donativos y /o recursos públicos siempre
y cuando estos sean destinados a terceros y no a la misma comunidad . En otras palabras , esto
9 Artículo 30, fracción primera de l a Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por las
Organizaciones de la Sociedad Civil . 10 La cooperativa es la figura jurídica más usada en el terreno de la Economía Social y Solidaria. Para mayor
facilidad se usará este concepto a lo largo de l a presente sección.

19

significa que los proyectos sociales pueden ser receptores de financiamiento —vía donaciones o
vía aportes del Estado — pero no pueden generarlos por su cuenta .

Es relevante aclarar el antecedente de esta lógica : muchas cooperativas fueron utilizadas como
grupos clientelares por parte del gobierno priista y para el año 2004 —año en que fue publicad a la
LFOSC — ya existía una ruptura clara entre el sector de las OSC y el cooperativismo en México 11
relacionado , la mayoría de las veces , con movimientos político -electorales que a cambio de votos
otorgaban recursos púbicos a diversas coope rativas.

Por lo tanto, a la fecha , la sociedad civil mexicana es concebida en los marco s legal y fiscal de la
siguiente forma :

Este esquema fue elaborado por el Centro Mexicano para la Filantropía en el año 2000 y ha sido
retomado tanto en la LFOSC como en la Ley del Impuesto sobre la Renta . En ese sentido, una OSC
se considera como no lucrativa y además como una organización que otorg a servicios a terceros.
11 Si bien la Ley de Economía Social y Solidaria fue publicada en 2012 , desde el 2004 ya se reconocía la
existencia del corporativismo . Sin embargo , los representantes d el sector que hubiera podido considerarse
como Economía Social y Sol idaria no necesariamente estuvo en las discusiones previas a la aprobación de la
Ley. Fundaciones (tienen patrimonio propio)
Fundaciones (patrimonio )
Asociaciones
operativas
Independientes OperativasEmpresariales Comunitarias
Promoción FortalecimientoInvestigaciónProcuración de fondos
Educación, desarrollo, salud, cultura, medio ambiente, asistencia social, ciencia y tecnología, derechos humanos, promoción cívica, etc.
Sociedad civil
Lucrativo
No
lucrativo
Personas físicas
Personas morales
Asociaciones religiosas
Asociaciones de autobeneficio
Partidos y organizaciones políticas
Instituciones de servicio a terceros (organizaciones de la sociedad civil)
Instituciones
al servicio
del sector Donatarias
autorizadas
Profesionistas, artesanos y otros.
Cooperativas, cámaras empresariales, colegios de profesionistas, sindicatos y otros
Fuente: Presentación sobre sociedad civil en México, CEMEFI, 2000.
Corporaciones, empresas y otros .

20

Las iglesias , los partidos políticos y las organizaciones se consideran entidades no lucrativas pero
no pueden acceder a los beneficios fiscales establecidos para las OSC.

Derivado de todo lo anterior , las cooperativas 12 no go zan de ningún incentivo fiscal ni para su
financiamiento ; s on entidades que no gozan de visibilidad ante los recursos de la filantropía , ya
que las instituciones donantes solo pueden apoyar a donatarias autorizadas . P or lo tanto , las
cooperativas se ven obligadas muchas veces a constituir una donataria para acceder a
financiamiento. Esto de por sí les genera una considerable carga administrativa , tanto para la
creación de la nueva entidad como para mantener la autorización de funcionamiento y sus
sostenibilidad.

En resumen, el sector de la Economía S ocial y S olidaria —representado en su mayoría por
cooperativas — enfrenta problemas de financiamiento por que el marco r egulatorio dificulta y
eleva el costo de acce der a recursos provenientes de la filantropía . Al mismo tiempo , para estas
entidades los recursos públicos son limitados, tiene n poco acceso a inversiones privadas y al uso
de la tecnología , y la comercialización de bienes y servicios conlleva una enorme complejidad .

En sintonía con el apartado anterior y considerando la dificultad que tienen las entidades de
Economía Social y Solidaria para su financiamiento , se propone lo siguiente:

a. Donativos dirigidos al sector de la Economía Social y Solidaria

12 Las cooperativas de consumo pueden ser consideradas como entidades no lucrativas pero no pueden
recibir donativos deducibles de impuestos. Además, la Ley del Impuesto sobre la Renta no es clara ni en la
definición de cooperativas de consumo ni en su régimen.
– Donatarias
– Empresas
– Individuos
– Instituciones
donantes
Cooperativa
Economía Social y Solidaria Donativo

21

La pr esente propuesta considera los siguientes supuestos:

 Supuesto 1 : Donatarias autorizadas que apoyen entidades de Economía Social y
Solidaria.

Recientemente , la Reforma Fiscal de 2017 permitió que las actividades económicas realizadas por
artesanos y campesinos puedan recibir fondos provenientes de la filantropía con reglas
administrativas muy complejas. Desde e l 1 º de enero de 2017 las donatar ias autorizadas pueden
apoyar proyectos de artesanos y campesinos situados en zonas de alta vulnerabilidad del país con
un máximo de ingresos de 110,152 pesos mexicanos ( aproximadamente 6100 dólares ) y se
establece claramente que la donataria tendrá que dar seguimiento al cumplimiento de
obligaciones fiscales por parte del receptor.

La nueva regulación 13 establece las siguientes limitaciones:

a. Integrar un expediente de cada proyecto apoyado como parte de su contabilidad.
b. Publicar en el portal de transparencia a quié nes está apoyando , incluyendo su número de
contribuyente y domicilio fiscal.
c. Elaborar un comprobante fi scal digital por dicha transacción.
d. Elaborar un convenio de forma anual . P ara la renovación , el beneficiario deberá
presentarle al donante la declaración anual del ejercicio fiscal anterior.

13 Artículo 79, fracción XXV, inciso j ), Ley de Impuesto sobre la Renta y Regla 3.10.20, Resolución Miscelánea
Fiscal para 2017.
Permitir el flujo de recursos económicos a las entidades de Economía Social y
Solidaria.

22

Estas disposiciones, hasta el momento , son poco conocidas. Parecería que a las donataria s se le s
exige demasiado al hacer este tipo de apoyo y , aunque la misma autoridad fiscal parece ser
condescendiente con los grupos beneficiarios , al final de todo también a ellos se les demanda
demasiado considerando que las dec laraci ones se presentan vía internet, pues much os de los
municipios no tienen acceso al mismo y las oficinas de la autoridad fiscal más cercana se
encuentran a cuatro horas de distancia en transporte. Si bien e sta disposición es un primer paso
para facilitar el apoyo a grupos de base , todavía hace falta regular lo siguiente:

– Permitir el financiamiento de entidades cooperativas de l sector de Economía Social y
Solidaria.
– Ampliar el rango de alta vulnerabilidad a vulnerabilidad para que má s beneficiarios
puedan acceder a estos recursos.

 Supuesto 2: Donativos provenientes de individuos y de empresas , es decir , permitir que
las entidades de la Economía S ocial y Solidaria reciban don ativos deducibles de
impuestos .

Esta propuesta tiene como objetivo dar visibilidad a dichos grupos y ponerlos en la esfera pública .
Aunque los índices de donación en México son bajos y no se espera que suban repentinamente
con esta propuesta , el permitir los donativos a estos grupos ampliaría la base de organizaciones
receptoras.

Por otro lado, muchas empresas actualmente donan a estos grupos , lo cual les obliga a
constituirse como Asociación Civil y a tener la autorización como donataria autorizada para recibir
estas donaciones , proceso que le s es sumamente costoso y no necesariamente va con la
naturaleza de sus actividades . Esta propuesta evitaría que una cooperativa se viera obligada a
crear dos enti dades para poder recibir donaciones. La propuesta también plantea que desde la
misma cooperativa se pueda cumplir con todos los requisitos que conlleva un donativo formal.

Las limitaciones a esta medida podrían ser las siguientes :
– El uso de los donativos debe destinarse al objeto social de la entidad .
– Transparentar el uso de los donativos recibidos.

23

– No considerar como ingreso acumulable el donativo recibido.
– Si se recibe un donativo por parte de una empresa o individuo , establecer la p rohibición
expresa de poder contratar los para un servicio determinado .
– Podrá estar limitado tanto a la situación geográfica del grupo como al monto de los
ingresos.
– Todo excedente generado en la entidad debe ser destinado al beneficio de la comunidad a
la cual pertenece.
– Más que a las restricciones, este marco debe estar orientado a potenciar los mercados a
los que pueden tener acceso.

Una prop uesta que no necesariamente está relacionada con la complejidad de los marcos legal y
fiscal es obligar tanto a las empresas como a los gobiernos a contr atar los bienes y servicios de
estas entidades para impulsar su desarrollo de manera significativa .

Conclusión

El objetivo de esta pro puesta es que las entidades de E conomía Social y Solidaria puedan recibir
financiamiento proveniente de la filantropía sin que para ello deban conformar una entidad sin
fines de lucro donataria autorizada . Además de facilitar la captación de donativos , con esta
propuesta se busca f omentar su crecimiento , lo cual se traduciría en mayores beneficios para la
comunidad a la que pertenecen.

Desde 2014, India estableció una regulación específica para las políticas mínimas
de responsabilidad social corporativa que cada empresa debe tener. Entre sus
requisitos se menciona que deben donar el 2% de sus utilidades a causas sociales.
En el espectro de los beneficiar ios de los programas de responsabilidad social
corporativa se encuentran las empresas sociales (que no necesariamente deben
estar constituidas como una entidad sin fines de lucro) y se considera a las
cooperativas como entidades susceptibles de recibir apo yos provenientes de
empresas.

24

3. Inversión de Impacto Social

El movimiento de la inversión de impacto social está sumamente influenciado por los principios
del sector empresar ial, por el Banco Mundial y por Muhamma d Yunus (P remio N obel de la Paz
2005) , entre muchos otros . E ste concepto utiliza herramientas del mundo de los negocios para
resolver problemas sociales . L a definición con la que se trabajará en la presente sección es la que
tie ne como objetivo “generar un impact o positiv o en la comuni dad , más allá del retorno
financiero ”14.

México cuenta con un movimiento de inversión de impacto social importante . A la fecha ya se han
reunido fondos de capital e instituciones donante s con la finalidad de impulsar e l sector . L a gran
mayoría de proyectos toma a los grupos de base como clientes y cuenta con innovación
tecnológica para resolver problemas tanto sociales como ambientales . Un ejemplo de este tipo de
actividades es el proyecto GlattS tove 15 que vende estufas portátiles para evitar que las
comunidades marginadas utilicen fuego y c arbón dentro de su s casa s, proyectos de construcción
de casas ecológicas y accesibles, o venta de paneles solares en áreas geográficas donde no hay
electricidad .

Una crítica al sector de I nversión de Impacto Social en México es que no ha entrado a las
discusiones de fondo sobre la forma de hacer negocios, sino que ha enfocado sus convocatorias en
la escalabilidad de los proyecto s y la maximización de utilidades, como se puede observar tanto en
los contenidos de los foros como en las convocatoria s que se realizan .

Por otro lado, muchos de los negocios considerados “de impacto social” se ven obligados a crear
una Asociación Civil, es decir donataria autorizada, ya que hay instituciones donantes interesadas
en apoyar estos negocios pero el marco fiscal impide que la entidad mercantil lo haga de forma
directa . Como se revisó en el cap ítulo anterior, estos negocios se ven obligados a administrar dos
14 The Rockefeller Foundation, Accele rating Impact: Achievements, Challenges and What’s Next in Building
the Impact Investing Industry, 2012, https://www.rockefellerfoundation.org/report/acceleratin g-impact –
achievements/ 15 Glatt Stove, https://glattstove.com

25

entidades jurídica s de distinta naturaleza , lo cual puede ocasionarles un serio problema
relacionado principalmente con la administración de la donataria autorizada.

Este movimiento ha llamado la atención de muchas personas y es sumamente positivo que miles
de emprendedores busquen hacer negocios de forma distinta . L o que falta es financiamiento —ya
sea que proven ga de la filantr opía o de los fondos de capital — y éste debe fomentarse desde la
legislació n.

Por lo tanto , el propósito de esta sección es abordar el fomento del financiamiento pero también
aportar al debate sobre qu é entidades podrían recibir lo y qué limitaciones se deben estable cer
desde los marco s legal y fiscal.

¿Cuál es el problema en los entorno s legal y fiscal para fomentar la inversión de impacto social?

Por su modelo de solución de problemas, estos esquemas son atractivos para las instituciones
donantes. S in embargo , la estructura jurídica solo les permite recibir donativos o inversiones sin
que las segundas tengan algún incentivo particular . D ichos proyectos se constituyen como
entidad es mercantil es, no gozan de ningún beneficio y sus inversionistas tampoco. E n mu chos
casos, como ya se mencionó, se ven en la necesidad de crear una entidad sin fines de lucro
autorizada para recibir donativos deducibles de impuestos .

La estructura con dos entidades jurídicas (una lucrativa y otra no lucrativa ) genera , en primer
lugar , complejidad en la administración y , en segundo , que pueda caer en conflictos de interés . L a
recomendación de contar con las dos entidades es común en diversas partes del mundo —tal es el
caso de India 16— pero actualmente en México no hay una regulación específica sobre el uso de las
dos entidades y esto genera un a incertidumbre jurídica principalmente en materia fiscal.

El modelo hí brido, es decir , contar con dos entidades jurídicas , no resuelve la creación de negocios
sociales como tal y provoca que el concepto de empresa social sea difícil de entender o que sea
fácilmente cuestionado . A demás , puede obstaculizar el éxito del modelo de la empresa social o
16 “Social E n tr ep r en eu rsh ip : Big De ci sion s – Le gal Stru c tu re” , UnLtd Delhi, 20 15,
https://www.unltddelhi.org/social -entrepreneurship -big -decisions -legal -structure/

26

provocar que ésta, una vez en funcionamiento, se desvíe de su misión ya sea por el exceso de
carga administrativa o porque la presión por generar ingreso s se convierta en un obstáculo para
lograr el impacto social deseado .

En este orden de ideas la propuesta se divide en dos partes : la primera es fomentar la inversión a
estos proyectos desde entidades mercantiles y la segunda es tratar de definir qué tipo de
entidades podrían ser las receptoras de dicho apoyo.

Esquema de financiamiento

I. Incentivo fiscal para el inversionista

Actualmente existe un estímulo fiscal para el cine y el teatro mexicanos que otorga un crédito
fiscal del 10% como apoyo a estos proyectos. ¿Qué quiere decir esto ? Toda vez que una empresa
determin ó el impuesto a pagar, el 10% puede ser destinado a proyect os de cine o teatro . P uede
ser el 10% del monto a pagar o est á limitado hasta $10 000 000 (diez millones de pesos mexi canos
que son aproximadamente 476 190.476 dólares )17.

Mientras que el Instituto Mexicano del Cine es el encargado de validar los proyectos de cine, se
podría emitir un estímulo parecido para el fomento de inversiones en este tipo de proyectos . L as
autoridades fiscales pueden ayudarse de todas las actividades y de los procedimientos internos
que el Instituto Nacio nal del Emprendedor (INE ) y e l INAES llevan a cabo.

17 Artículo 189 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Instituciones
Inversionista donantes
Empresa social
Estímulo fiscal

27

El reto es definir q ué entidades podrán ser las rec eptoras de dicho financiamiento. A sí como el
marco fiscal mexicano tiene reglas claras sobre qu é tipos de entidades pueden recibir donativos
deducibles y creó un régimen particular para las Organizaciones de la Sociedad Civil, ahora el reto
sería definir lo que se entiende por empresa social y establecer requisitos alineados con su
naturaleza para que puedan ser acreedoras de beneficios fiscales.

Es importante resaltar que la regu lación fiscal en materia de empresas sociales no ha sido resuelt a
a nivel mundial . E sta propuesta está enfocada principalmente en e l financiamiento y en dejar a la
empresa en un régimen fiscal general , es decir , sin exención del pago de impuestos .

 Supuesto : Posibilidad de que las instituciones donantes puedan apoyar a las empresas
sociales .

Este esquema busca que las instituciones donantes puedan invertir sus recursos en empresas con
impacto social de tal forma que puedan generar más recursos para futuros proyectos.

Relación entre entidades donantes y entidades lucrativas con impacto social

El problema es que el marco fiscal prohíbe expresamente a instituciones donantes financiar
entidades lucrativas.

Instituciones donantes
Entidades
lucrativas con
impacto social
Inversión

28

La p ropuesta consiste en permitir el financiamiento a empresas con impacto social que puedan
generar utilidades con las cuales las instituciones donantes puedan crecer su patrimonio y seguir
invirtiendo en proyectos sociales con diferentes características.

II. ¿Qué tipo de entida des podrían ser receptoras de dicho apoyo?

Entidades mercantiles que tengan como objetivo generar un impacto positivo en la comunidad
más allá del retorno financiero . E ste principio deberá quedar plasmado en el acta consti tutiva de
las citadas empresas, e s decir , establecer su objeto social expresando que el principal objetivo es
el impacto social .

¿Cuáles serían las caracterí sticas de las empresas sociales que las harían receptoras de beneficios
fiscales (a diferencia de las empresas tradicionales )?

1. Toma de decisiones /distribución de utilidades

Entre los principios se debe expresar que t oda decisión que se tome en la empresa considera rá el
impacto social antes que las utilidades. Este criterio se toma de la regulación que algunos estados
de la Unión Americana han establecido para las empresas sociales, llamadas L3C Low Profit
Limited Liability 18 o Benefit Corp oration 19. Dicho criterio es el resultado de la forma en la que se
hacen negocios en Estados Unidos . P or ejemplo : el d irector d e una empresa tiene la obligación de
maximi zar las ganancias de la empresa y esa debe ser su prioridad , lo cual está pensado para
proteger al Director de posibles demandas por no “maximizar” sus utilidades . E sta figura permite
que las decisiones de la empr esa estén enfocadas en el impacto social y no necesariamente en la
generación de utilidades.

¿Por qué es importante aplicar este principio en México?
18 Cullinane, Jeff, “ What is a L3C? ” Cullinane, Law Group, 2013, https://cullinanelaw.com/what -is-a-l3c/ 19 Las L3C se encuentran reguladas en los siguientes Estados: Vermont, Michigan, Wyoming, Utah, Illinois,
Carolina del Norte, Louisiana, Maine, Rhode Island, y Benefit Corporation: Arizona, Arkansas, California,
Colorado, Hawaii, Illinois, Louisiana, Maryland, Massachusetts, Nevada, Nueva Jersey, Nueva York, Oregon,
Pennsylvania, Carolina del Sur, Vermont, Virginia, Washington D. C.

29

Si bien es cierto que la posible demanda a directores no se da de igual manera que en Estados
Unidos, es relevante establecerlo como uno de los criterios de distinción entre una empresa
tradicional y una empresa social . La mayoría de l os foros y las convocatorias de financiamiento
está enfocad a en e l retorno financiero y pocas veces en el impacto social que cualquier negocio
pudie ra llegar a tener.

El tener clar a la jerarquización del impacto social sobre las utilidades ayudará a la definición de la
empresa social, a generar un financiamiento más adecuado y a impedir casos como el de
Proacceso y Ennova 20. Estas empresas recibieron alrededor de 100,000 dólares provenientes del
Gobierno Mexicano y se consideraban “emprendedores sociales” por generar laboratorios de
computo en comunidades marginadas . S in embargo , una investigación periodística constató que
los recursos púbicos obtenidos fueron adjudicados sin previa convocatoria pública , sin rendición
de cuentas y sin una evaluación de impacto social hecha por un tercero . A dicionalmente , los
resultados académicos de las comunidades no demostraban ninguna mejoría después de acceder
a dichos laboratorios de cómputo .21

2. Retorno de la inversión

En la toma de decisiones también está involucrada la forma en que se distribuirán las utilidades y a
que juega un papel muy importante en el impacto que tendría un proyecto social o ambiental. En
un negocio se espera el mayor rendimiento de la inversión . C uando se cataloga a una entidad
como empresa social se esperaría que tuviera un impacto social positivo y además un retorno
financiero importante.

En la práctica hay tres esquemas generales de retorno de la inversión : el primero es regresar el
mismo monto recibido a los inversionistas sin ninguna utilidad y las utilidades generadas se
reinvierten en e l mismo proyecto ; e l segu ndo es entregar una utilidad menor que la del mercado,
es decir , regres ar una “utilidad pequeña” —es el caso del L3C en espec ífico —; y el tercero es un
20 El gobierno federal y el Edomex donan mil 700 millones de pesos a una fundación y a una empresa, sin
pedirles cuentas . Nexos. 7 de julio de 2015. https://www.nexos.com.mx/?p=25525 21 Cito este caso porque es muy relevante en el ecosistema del emprendimiento social. El proyecto fue muy
premiado por diversas instituciones reconocidas y estaba completamente financiado sin la obligación de
tener ningún retorno de inversión.

30

esquema igual que cualquier negocio, es decir , se le entrega al inversionista la utilidad generada
por e l negocio .

El debate a promover sería sobre có mo catalogar un proyecto que tiene un extraordinario retorno
de la inversión para sus accio nistas pero poco impacto social : ¿seguiría siendo considerado como
empresa social? Y , por otro lado, ¿ cómo catalogar una empresa que tiene un bajo retorno de la
inversión pero un gran impacto social?

La forma de distribución de utilidades recae en la voluntad de la empresa a efectos de recibir
financiamiento , ya sea por parte de instituciones donantes o de inversionista s. La propuesta sería
permitir los tres esquemas de retorno de la inversión y generar un pago de impuestos cuando se
genera el tercer o.

3. Impacto socia l o ambiental

La empresa debe tener expresamente establecido en su misión el impacto social y/o ambiental, así
como tener claro q ue el objetivo será dicho impacto social, es decir , el cuidado del medio
ambiente, la protección de una determinada zona, la educación de niños en comunidades
marginadas, la salud de comunidades que no acceden a servicios públicos de salud, etc étera .
Cualquiera que sea la misión de la empresa , ésta debe manifestarse en sus estatutos sociales ,
teniendo claro que la toma de decisiones estará enfocada en e l cumplimiento de dicho objetivo.

4. Transparencia y evaluación de impa cto social

Si la empresa social ya recibe un financiamiento importante, está generando ganancias
considerables . Entonces se le pedirá que tenga un impacto social o ambiental que sea medible,
que pueda visualizar se y cuya evaluación —que deberá ser realizada por un tercero — sea
obligatoria .

31

El Sistema B

Es relevante hablar del Sistema B 22, el único certificador de empresas sociales hasta el momento
tanto de Estados Unidos como de Latinoamérica 23.

“Las Empresas B miden su impacto social y ambienta l y se comprometen de forma
personal, institucional y legal a tomar decisiones considerando las consecuencias de sus
acciones a largo plazo en la comunidad y el medioambiente. Asumen con responsabilidad
y orgullo pertenecer a este movimiento global de empresas que quieren hacer un
cambio, utilizando la fuerza de mercado para dar soluciones a problemas sociales y
ambientales.
Este nuevo tipo de empresa amplía el deber fiduciario de sus accionistas y gestores en sus
estatutos para incorporar intereses no financieros de largo plazo, cumpl iendo el
compromiso de mejorar de forma continua sus impactos socioambientales, y operando
con altos estándares de desempeño y transparencia ”24.

El proceso para obtener una certificación como Empresa B implica tener una evaluación de
impacto social, presentar un documento con el mode lo de negocio de impacto social y firmar una
carta compromiso y elaborar una Reforma de Estatutos.

La propuesta , de acuerdo con lo publicado en el sitio web, solo propone hacer dos modificaciones
tanto en el objeto social como en las facultades del Órgano de Administración.

En la redacción del objeto social se deberá incluir el tener un impacto social y/o medio ambiental
positivo así como evaluaciones de impacto social realizadas por un tercero independiente de la
misma sociedad.

22 Sistema B. Ver: https://www.sistemab.org/ 23 Argentina, Chile, Perú, Brasil, Colombia, Ecuador, Bolivia, Panamá, Costa Rica, Uruguay, Paraguay,
Honduras, Guatemala y México. 24 https://sistemab.org/como -me -sumo/

32

En la parte de facultad es del Órgano de Administración deberá establecerse que todas las
decisiones serán tomad as considerando los efectos para:
a. Accionistas
b. Empleados (de la misma sociedad, subs idiarias o proveedores )
c. Clientes
d. Comunidad
e. Medio ambiente local y global
f. Desempeño de la sociedad a corto y a largo plazo
g. Capacidad par a cumplir con su objeto social

También propone establecer una limitación a la responsabilidad tanto de los accionistas como del
Consejo de Administración . En otras palabras , dicha toma de decisiones solo crea derechos y
obligaciones para los anteriormente mencionados , por lo que ningún tercero podrá hacer
exigibles, de manera alguna, oblig aciones contra la sociedad ni sus órganos de administración.

Lo anterior genera un debate interesante sobre la verdadera responsabilidad de una empresa
social . E n este dilema entre el impacto social y la generación de utilidades considero que dichas
reformas a los estatutos son muy import antes y hacen una diferencia . S in embargo , en el terreno
de los beneficios fiscales habría que ser más exigentes en términos de la redacción de estatutos y
establecer expresamente que el impacto social va por encima de la generación de utilidades.

Conclusión

En e sta sección se plantea la propuesta de fomentar los proyectos de empresa s social es para que
puedan ser apoyados desde la filantropía y también desd e fondos de capital importantes y, de
este modo , evitar que las empresas tengan dos entidades jurídicas que entorpe zcan su s
operaciones cotidi anas . La eliminación de limitaciones a las empresas receptoras de donaciones
sería un primer paso para delimitar el concepto de la empresa social como una entidad susceptible
de recibir beneficios fiscales.

33

Conclusión general

Un común denominador en los tres apartados anteriores es que debido a diferentes situaciones
muchos proyectos se ven obligados a crear y administrar dos entidades jurídicas : una entidad
lucrativa y otra no lucrativa . Este es el punto principal que debe liberarse a fin de evitar las
contingencias fiscales que impid en que un proyecto social cumpla con su misión.

La principal propuesta de este estudio a nivel conceptual es liberar los recursos provenientes de la
filantropía para que ta mbién puedan destinarse a actividades que sean sostenibles en el tiempo .
Esto rompe con la idea de una división tajante entre el mundo de los negocios y el mundo de la
filantropía . A l final del día, se necesita de la filantropía para dar cabida a todos aqu ellos grupos
que han quedado al margen de los benefici os del modelo del libre mercado; en el caso de México ,
los 53 millones de pobres.

Lo anterior nos lleva a plantear que , si esta forma de hacer negocios ha excluido a casi la mitad de
la población mexi cana, algo se está haciendo mal. A modo de reflexión podríamos concluir que
parte de lo que se ha hecho mal es el reparto de utilidades . M ientras que por un lado el reparto
entre los accionistas o los altos directivos de las empresas es inmenso ; otra parte de la población ,
en el mejor de los casos, recibe un sueldo muy bajo o ni siquiera accede a este tipo de trabajos , lo
cual aumenta la brecha de ingresos entre los diferentes sectores de la población .

Por lo tanto , los conceptos “empresa social” e “inver sión de impacto social” han tomado nuevos
significados para mí después de elaborar este estudio . L o ideal sería que todos estos proyectos
tuviesen como objetivo un reparto de utilidades mucho más equitativo y no solo para unos
cu ántos accionistas . E sto ser ía realmente disruptivo e innovador ,

No se necesita crear otra fig ura legal para regular a las empresas sociales ; lo que se necesit a es
abrir los candados legales que impiden el financiamiento de las actividades citadas a lo largo de
este estudio , así como enfocar los esfuerzos en la regulación d el reparto desmedido de utilidades .
En materia fiscal , necesitamos romper con el tabú de que los recursos provenientes de la
filantropía “no pueden ser inverti dos en actividades lucrativas” y establecer las limi taciones
correspondientes para evitar abusos .

34

No se necesita crear otra figura legal que regule a las empresas sociales, lo que se necesita es abrir
los candados legales que impiden el financiamiento de las actividades citadas a lo largo de este
estudio . Lo que se necesita es enfocar los esfuerzos en regular el reparto de utilidades desmedido
en pocas personas, y en materia fiscal necesitamos romper con el tabú que los recursos
provenientes de la filantropía puedan ser invertidos en actividades lucrativa s – con sus respectivas
limitaciones para evitar abusos.

35

Fuentes consultadas:

Leyes:
Ley del Impuesto sobre la Renta.
Ley de Fomento a las actividades realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Ley de Economía Social y Solidaria.
Propuesta que presentó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al Congreso para modificación
de leyes.
https://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/P PEF2017/paquete/ingresos/LISR_LIVA_CFF.pdf

Estudios:
European Center for Not‐for‐Profit Law, Comparative Analysis of the Regulatory Framework for
Social Enterprises , 2015, https://ecnl.org/wp -content/uploads/2015/10/ECNL -Comparative –
analysis -on -regulation -of-SE -Eng -2015.pdf

The Rockefeller Foundation, Accelerating Impact: Achievements, Challenges and What’s Next in
Building the Impact Inve sting Industry, 2012,
https://www.rockefellerfoundation.org/report/accelerating -impact -achievements/

Confederation of Indian Industry, PWC. Handbook on Corporate Social Responsability in India .
2013: https://www.pwc.in/assets/pdfs/publications/2013/handbook -on -corporate -soc ial –
responsibility -in-india.pdf

Nguy ễn Đình Cung, Lưu Minh Đ ức, Ph ạm Ki ều Oanh, Tr ần Th ị Hồng G ấm. British Council Social
Enterprise in Vietnam. Concept, Context and Policies . 2012.
https://www.britishcouncil.vn/sites/default/files/social -enterprise -in-vietnam -concept -context –
policies.pdf

European Center for Not -for -Profit Law, Legal Framework f or Social Economy and Social
Enterprises: A Comparative Report , September, 2012
https://ecnl.org/dindocuments/442_ECNL%20UNDP%20Social%20Economy%20Report.pdf

World Economic Forum In vestors Industries, From the Margins to the Mainstream Assessment of
the Impact Investment Sector and Opportunities to Engage Mainstream Investors . Prepared in
collaboration with Deloitte Touche Tohmatsu.
https://www3.weforum.org/docs/WEF_II_FromMarginsMainstream_Report_2013.pdf

BLOGS:
https://cullinanelaw.com/what -is-a-l3c/
https://www.nonprofitlawblog.com/

Artículos periodísticos:
El gobierno federal y el Edomex donan mil 700 millones de pesos a una fundación y a una
empresa, sin pedirles cuentas. Nexos. 7 de julio de 2015. https://www.nexos.com.mx/?p=25525
“Social Entrepreneurship: Big Decisions – Legal Structure”, UnLtd Delhi, 2015,
https://www.unltddelhi.org/social -entrepreneurship -big -decisions -legal -structure/

36

Información Reino Unido:
https://www.gov.uk/guidance/charities -and -trading