Affidavit on the Status of Politically Risky Persons

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INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 16/2012 , modificada por Resolución General 1/2013.

Declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente. Apruébanse
modelos. Deróganse artículos 4° y 5° Resolución General Nº 2/2012.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO lo actuado en el Expediente Nº 5112112 del Registro de la INSPECCION GENERAL DE
JUSTICIA, la Resolución General IGJ Nº 2 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias, la Ley
Nº 25.246 y modificatorias, las Resoluciones UIF Nº 29/2011 y 11/2011 y modificatoria, la Ley
Nº 22.315, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias en su artículo 20 inciso 15 menciona entre los sujetos
obligados a informar ante la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA a la INSPECCION GENERAL DE
JUSTICIA.

Que la Resolución UIF Nº 29/2011 establece las medidas y procedimientos que los Registros
Públicos de Comercio y los Organismos Representativos de Fiscalización y Control de las Personas
Jurídicas deben observar para prevenir, detectar y rep ortar los hechos, actos, omisiones u
operaciones que puedan prevenir o estar vinculados a la comisión de los delitos de Lavados de
Activos y Financiación del Terrorismo.

Que a tales fines la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA se encuentra obligada a dictar me didas que
deberán cumplimentar los sujetos que se encuentran bajo su órbita de control.

Que, por otra parte, el artículo 3° de la Resolución UIF Nº 11/2011 y modificatoria, establece el
deber de los sujetos obligados a informar a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, de requerir
a todos sus clientes la suscripción de la “declaración jurada sobre la condición de Persona
Expuesta Políticamente”.

Que el artículo 2° de la Resolución UIF Nº 29/2011 puntualiza que son clientes de los Registros
Públicos de Comerc io y los Organismos Representativos de Fiscalización y Control de las Personas
Jurídicas, todas aquellas personas físicas o jurídicas que realizan trámites a nombre propio o en
cuyo beneficio o nombre se realizan trámites, ante los sujetos obligados, ya se a una vez,
ocasionalmente o de manera habitual.

Que, en virtud de lo antedicho, la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA dictó la Resolución General
IGJ Nº 2 del 27 de enero de 2012, mediante la cual impuso la obligación a los administradores y
miembros del órga no de fiscalización de sociedades comerciales y representantes legales de
sociedades extranjeras como así también a los integrantes de la comisión directiva de
asociaciones civiles y del consejo de administración de fundaciones, de presentar una declaració n
jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente (art. 4°).

Que, en la misma resolución se estableció la obligatoriedad de la presentación de una declaración
jurada sobre la licitud y origen de los fondos por parte de aquellas asociaciones ci viles y/o
fundaciones que al momento de la constitución o con posterioridad reciban donaciones o aportes
de terceros por montos que superen la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) o el equivalente en
especie en un solo acto o en varios actos que individualme nte sean inferiores a PESOS CIEN MIL
($ 100.000) pero en conjunto superen esa cifra, realizados por una o varias personas relacionadas
en un período no superior a los TREINTA (30) días (art. 1°).

Que, a los fines de facilitar la comprensión y el cumplimie nto de la normativa vigente,
corresponde tratar ambas temáticas por separado y dictar una nueva resolución que regule el
cumplimiento de dicha obligación de declarar la condición de Persona Expuesta Políticamente en
forma independiente.

Que, por lo tanto, corresponde establecer la obligación de la presentación de una declaración
jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente, por parte de administradores y
miembros del órgano de fiscalización de sociedades comerciales, representantes legales d e
uniones transitorias de empresas y sociedades extranjeras, como así también integrantes del
órgano de administración y fiscalización de asociaciones civiles y fundaciones.

Que dicha declaración jurada deberá presentarse junto a la solicitud de inscripci ón de la
constitución de la entidad o la autorización para funcionar con carácter de persona jurídica o con
cada inscripción o toma de nota de designación o cesación de autoridades.

Que, para el debido cumplimiento de la obligación impuesta, deberá comple tarse el
correspondiente aplicativo que se encuentra disponible en el sitio de internet del organismo
(www.jus.gov.ar/igj).

Que, con posterioridad, deberá realizarse la presentación en soporte papel, acompañando el
comprobante de transacción del aplicativ o, bastando a tal efecto la firma ológrafa del
declarante, acompañado de la firma y sello del profesional dictaminante del trámite.

Que la misma presentación podrá realizarse mediante la firma ológrafa del representante legal —
inscripto, anotado u objeto de registración en dicho trámite — de la entidad presentante,
acompañado de la firma y sello del profesional dictaminante, siempre que el declarante haya
manifestado positiva o negativamente su condición de Persona Expuesta Políticamente (conforme
Resolució n UIF Nº 11/2011 y modificatorias) en oportunidad de aceptar el nombramiento al cargo
en sociedades comerciales o al declarar la inexistencia de inhabilidades o incompatibilidades
legales o reglamentarias para desempeñar el cargo en entidades civiles, requ isito que deberá
verificar y manifestar expresamente el profesional independiente en su dictamen de
precalificación.

Que la presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1° de enero del año 2013.

Que el OFICIAL DE CUMPLIMIENTO ante la UNIDAD DE IN FORMACION FINANCIERA ha tomado la
intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades dispuestas por el artículo 21 de la Ley
Nº 22.315.

Por ello,

EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:

Artículo 1° — Establécese la obligatoriedad de la presentación de una declaración jurada sobre la
condición de Persona Expuesta Políticamente, por parte de administradores y miembros del
órgano de fiscalización de sociedades comerciales y representantes legales de uniones
transito rias de empresas y sociedades extranjeras, como así también integrantes del órgano de
administración y fiscalización de asociaciones civiles y fundaciones.

Art. 2° — La declaración jurada deberá presentarse al momento de solicitar la inscripción de la
con stitución de la entidad o la autorización para funcionar con carácter de persona jurídica o con
cada inscripción o toma de nota de designación o cesación de autoridades.

Art. 3° — Apruébense los modelos de declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta
Políticamente que como ANEXO I y II forman parte integrante de la presente.

Art. 4° — Para la correcta presentación de la declaración prevista en el artículo 1°, será
menester:
a.- Previa presentación de la declaración jurada, se deberá completar el aplicativo
correspondiente al Anexo I que se encuentra disponible en la página de internet del organismo y
remitir el mismo digitalmente.
b.- Con posterioridad, deberá realizarse la presentación en soporte papel, acompañando el
comprobante de transacci ón del aplicativo, bastando a tal efecto la firma ológrafa del declarante
acompañada de la firma y sello del profesional dictaminante.
Asimismo podrá presentarse mediante la firma ológrafa del representante legal —inscripto,
anotado u objeto de registración en dicho trámite — de la entidad presentante, acompañado de la
firma y sello del profesional dictaminante, siempre que el declarante h aya manifestado positiva o
negativamente su condición de Persona Expuesta Políticamente (conforme Resolución UIF
Nº 11/2011 y modificatorias) en oportunidad de aceptar el nombramiento al cargo en sociedades
comerciales o al declarar la inexistencia de inha bilidades o incompatibilidades legales o
reglamentarias para desempeñar el cargo en entidades civiles, requisito que deberá verificar y
manifestar expresamente el profesional independiente en su dictamen de precalificación.

Art. 5° —La obligación dispuest a por la presente resolución es susceptible de ser incluida en el
texto de la escritura pública. En esos casos, deberá remitirse digitalmente mediante aplicativo,
la información detallada el Anexo II y adjuntar el comprobante de transacción, el cual deberá
estar suscripto por el mismo profesional que intervino en la escritura pública.
(art. modificado por art. 1 º Resolución General I.G.J. Nº 01/13, publi cada en B.O. del día
04/01/13).

Art. 6° — Deróganse los artículos 4° y 5° de la Resolución General IGJ Nº 2 del 27 de enero de
2012 y toda otra resolución o disposición normativa que se oponga a la presente .

Art. 7° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1° de febrero del año 2013.
(art. modificado por art. 2º Resolución General I.G.J. Nº 01/13, publi cada en B.O. del día
04/01/13).

Art. 8° — Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Norberto C. Berner.

ANEXO I
DECLARACION JURADA SOBRE LA CONDICION DE PERSONA EXPUESTA POLITICAMENTE
En cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución General IGJ Nº , el que suscribe por la
presente DECLARA BAJO JURAMENTO que las informaciones consignadas en el presente tr ámite
son exactas y verdaderas, y que SI/NO (marcar lo que corresponda) ME
ENCUENTRO/…………………………………………. SE ENCUENTRA incluido en los alcances de la Resolución
UIF Nº 11/2011 como Persona Expuesta Políticamente.
En caso afirmativo indicar: cargo/función/jera rquía o relación con la Persona Políticamente
Expuesta…………………………………………………….
Además asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este
respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva
de claración jurada.

Firma

Aclaración

Documento: Tipo….. Nº …………………..
CUIT/CUIL/CDI Nº …………………………
Domicilio real: ………………………………
Denominación de la Entidad: …………….
Número Correlativo: ………………………
En caso de estar incluido en los incisos b) e i), adicionalmente deberá completar de las P.E.P.
referenciadas en tales incisos:
Nombre y Apellido: ……………………….
Documento: Tipo ………. Nº ……………
CUIT/CUIL/CDI Nº ………………………..”

ANEXO II
DECLARACION NOTARIAL – CONDICION DE PERSONA EXPUESTA POLITICAMENTE
En cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución General IGJ Nº …………….., en mi carácter de
Escribano Público, Matrícula Nº ……………, Tomo Nº …………., Folio Nº ………….. por la presente DOY
FE que de acuerdo con la declaración jurada efectuada por (nombre del interes ado) en la
Escritura Pública Nº …………….., al Folio Nº ………….. de fecha ……………………, el mismo SI/NO
(marcar lo que corresponda) se encuentra incluido en los alcances de la Resolución UIF
Nº 11/2011 como Persona Expuesta Políticamente y el interesado ha declarado que asume el
compromiso de informar cualquier modificación que se produzca, dentro de los treinta (30) días
de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.

Firma del Escribano

Aclaración

Datos del Interesado:
Documento: Tipo …………….Nº ……………
CUIT/CUIL/CDI Nº …………………………….
Domicilio real: …………………………………
Cargo en la entidad …………………………..
Denominación de la Entidad …………………
Número Correlativo …………………………..
Inciso de la Resolución UIF Nº 11/11 en el cual se encuentra comprendido:
En caso de estar incluido en los incisos b) o i), adicionalmente deberá completar de las P.E.P.
referenciadas en tales incisos:
Nombre y Apellido del PEP: …………………
Documento: Tipo ……….Nº …………………