Decree Specifying the Nature and Name of the Political Authorities of the Ministry of the Interior

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Precisan la naturaleza y denominación de las autoridades políticas del Ministerio del Interior DECRETO SUPREMO Nº 003-2009-IN Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS – PDF. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, se establece que éste ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, entre otras, en materia de dirigir, coordinar y supervisar las actividades de las autoridades políticas del Ministerio del Interior; Que, acorde con ello, son funciones del Ministerio del Interior, normar, dirigir, coordinar, planificar, supervisar y controlar la acción de las autoridades políticas; Que, es necesario precisar la naturaleza y denominación de las autoridades políticas del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido en el Numeral 8) del artículo 188 de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- De la Definición de las Autoridades Políticas La Autoridad Política es el funcionario público que representa al Presidente de la República y al Poder Ejecutivo en el ámbito de su jurisdicción, vela por el carácter unitario del gobierno y garantiza la presencia del Estado en todo el territorio de la República. Artículo 2.- De la Denominación de las Autoridades Políticas Precísase que las Autoridades Políticas del Ministerio del Interior, son los Gobernadores y Tenientes Gobernadores en todo el territorio nacional. El Gobernador es la autoridad política que ejerce competencia en los siguientes niveles: regional, provincial y distrital. Artículo 3.- De la Designación de las Autoridades Políticas El Ministerio del Interior en el ejercicio de las funciones de normar, dirigir, coordinar, planificar, supervisar y controlar el accionar de las autoridades políticas determina previa evaluación el número de éstas en función a criterios técnicos de zonificación territorial, densidad geográfica, realidad política, social y económica.

Los Gobernadores en el ámbito regional son designados mediante Resolución Ministerial y los Gobernadores a nivel provincial y distrital son designados mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Gobierno Interior. Artículo 4.- En tanto se implemente lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final y Transitoria de la Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, continuará vigente el Decreto Supremo Nº 004-2005-IN que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, modificado mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-IN, respecto a las Autoridades Políticas. Artículo 5.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los treintiún días del mes de marzo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Ministra del Interior !